Términos y Condiciones Generales de Venta – AVANX
Última actualización: 11 de junio de 2026
1. Identificación del vendedor
La marca comercial AVANX es operada por dos co-vendedores personas físicas inscriptos en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo).
Domicilio legal y comercial constituido: Virrey Loreto 2478, Barrio de Belgrano, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina.
- Sitio web: https://avanx.com.ar
- Correo electrónico de contacto: [email protected]
2. Alcance, naturaleza contractual y marco normativo aplicable
El presente instrumento regula, con carácter contractual y fuerza vinculante entre las partes, la totalidad de las relaciones jurídicas derivadas de la adquisición de productos comercializados en el sitio web avanx.com.ar, incluyendo sin carácter taxativo: dispositivos de monitoreo biométrico y smartbands de las marcas WHOOP™, Polar Electro Oy y Google LLC (Fitbit), y auriculares de las marcas Apple Inc., Samsung Electronics Co., Ltd. y Shokz, todos los cuales se denominarán en adelante, conjunta e indistintamente, “los Productos”.
El presente contrato reviste la naturaleza jurídica de un contrato de consumo celebrado por medios electrónicos a distancia, en los términos de los arts. 1096 a 1122 del CCyC, con aplicación específica de las disposiciones relativas a los contratos celebrados fuera del establecimiento comercial y a distancia (arts. 1104 a 1116 CCyC), a los contratos por adhesión a cláusulas predispuestas (arts. 984 a 989 CCyC), y al estatuto general del consumidor consagrado en los arts. 1092 a 1095 del CCyC. En consecuencia, el presente instrumento se encuentra plenamente alcanzado por las normas de orden público contenidas en la Ley N.° 24.240 (t.o. Ley 26.361 y modificatorias), el Decreto Reglamentario N.° 1798/94, la Resolución S.C. N.° 7/2002, la Disposición DNCI N.° 7/2002, y las disposiciones concordantes del CCyC en materia de contratos de consumo.
Se deja expresa y fehaciente constancia de que AVANX no reviste la calidad de importador oficial, distribuidor autorizado, concesionario, agente, representante ni entidad afiliada de Whoop, Inc., Apple Inc., Samsung Electronics Co., Ltd., Shokz, Polar Electro Oy ni Google LLC (Fitbit), a ningún efecto legal, comercial ni publicitario. La comercialización de los Productos se realiza en el marco de las disposiciones legales y aduaneras vigentes de la República Argentina, con observancia del Código Aduanero (Ley N.° 22.415) y sus normas complementarias. La ausencia de vínculo oficial con los fabricantes no menoscaba la autenticidad original de los Productos comercializados ni los derechos del consumidor reconocidos por la legislación nacional vigente.
La aceptación tácita o expresa del presente instrumento, que se perfecciona, sin necesidad de declaración adicional alguna, con la realización de cualquier acto de compra en el sitio, implica el pleno conocimiento, comprensión y consentimiento del comprador respecto de la totalidad de las cláusulas aquí contenidas, con los alcances y efectos jurídicos previstos en el art. 984 del CCyC sobre contratos de adhesión.
3. Capacidad legal para contratar y legitimación activa del adquirente
La utilización del sitio web avanx.com.ar y la celebración de contratos de compraventa por medios electrónicos a través del mismo se encuentran reservadas exclusivamente a personas humanas que hubieren alcanzado la plena mayoría de edad, fijada en los dieciocho (18) años cumplidos por el art. 25 del CCyC, y que gocen de plena capacidad de ejercicio en los términos de los arts. 22 a 50 del mismo cuerpo normativo. Quedan excluidos del ámbito subjetivo de aplicación del presente las personas humanas que padecieren incapacidad absoluta o capacidad restringida en los términos de los arts. 31 a 50 del CCyC y la Ley N.° 26.657 de Salud Mental (art. 12 y concordantes), salvo que actuaren válidamente a través de sus representantes legales o con la asistencia de los apoyos designados judicialmente conforme el sistema de salvaguardas consagrado por dicha ley.
Al realizar una compra, el usuario declara y garantiza bajo fe de verdad, asumiendo las responsabilidades civiles y penales que pudieren corresponder en caso de falsedad: (i) que posee plena capacidad de ejercicio en los términos señalados; (ii) que actúa en nombre propio o, en su caso, en virtud de mandato suficiente del representado, otorgado conforme los arts. 358 a 381 del CCyC, cuya acreditación podrá ser requerida por AVANX en cualquier momento; y (iii) que la totalidad de la información personal consignada en el proceso de compra es veraz, completa y actualizada a la fecha de la transacción. AVANX no asume responsabilidad alguna, contractual ni extracontractual, por operaciones realizadas por personas que carecieren de la capacidad exigida, o por menores de edad que hubieren actuado sin la supervisión, autorización, representación o asistencia de sus progenitores, tutores o representantes legales, reservándose el derecho de resolver el contrato y restituir las sumas abonadas en caso de advertir tal circunstancia, conforme los arts. 382 y siguientes del CCyC sobre actos jurídicos ineficaces.
4. Proceso de compra, formación del consentimiento contractual y causales de cancelación unilateral
La publicación de productos, precios y condiciones en el sitio web de AVANX constituye, en los términos del art. 974 del CCyC, una invitación a ofertar dirigida al público en general, y no una oferta contractual vinculante en los términos del art. 972 del CCyC, sin perjuicio de los efectos propios que la ley reconoce a la publicidad comercial en virtud del art. 7.° y 8.° de la Ley N.° 24.240. El contrato de compraventa quedará perfeccionado con todos los efectos jurídicos que dimanan de los arts. 979 a 982 del CCyC únicamente cuando AVANX emita la confirmación escrita del pedido mediante correo electrónico al comprador, acto que importa la aceptación definitiva de la oferta en los términos del art. 978 del CCyC y el nacimiento de obligaciones recíprocas, exigibles y coercibles entre las partes.
Hasta tanto se produzca dicha confirmación, AVANX se reserva la facultad discrecional de rechazar, cancelar o revocar la aceptación de un pedido, sin que ello genere derecho a reclamo ni indemnización alguna más allá del reintegro íntegro del importe eventualmente abonado, cuando concurriere cualquiera de las siguientes causales, que las partes reconocen como legítimas:
- Error en el precio publicado de naturaleza tipográfica, informática o de sistema que resultare manifiestamente incongruente con el valor de mercado del producto, encuadrando en el supuesto de error esencial previsto en el art. 265 del CCyC.
- Ruptura de stock, agotamiento de existencias o indisponibilidad sobreviniente del producto al momento de la acreditación del pago, con los efectos extintivos previstos en el art. 955 del CCyC sobre imposibilidad sobreviniente de la prestación.
- Fallo, rechazo, reversión o sospecha fundada de fraude en la verificación del medio de pago por parte del procesador o entidad financiera interviniente.
- Datos de envío incompletos, contradictorios o inverosímiles que tornaren materialmente imposible la entrega del producto en el domicilio indicado.
- Sospecha razonada de fraude, usurpación de identidad, utilización abusiva del sitio o cualquier conducta contraria a la buena fe objetiva consagrada en el art. 9.° del CCyC y el art. 37 de la LDC.
En los supuestos de cancelación imputables a AVANX, el reintegro del importe abonado se efectuará al mismo medio de pago utilizado en la transacción, dentro de un plazo razonable y sin quitas, comisiones ni descuentos de ninguna naturaleza, constituyendo dicho reintegro la única y total obligación resarcitoria de AVANX en tales supuestos.
5. Precios, disponibilidad de stock y régimen fiscal aplicable a los co-vendedores
Todos los precios publicados en el sitio web de AVANX se encuentran expresados en pesos de curso legal de la República Argentina (ARS) y revisten el carácter de precios finales al consumidor, en cumplimiento de lo prescripto por el art. 5.° del Decreto Reglamentario N.° 1798/94, el art. 5.° de la Ley N.° 22.802 de Lealtad Comercial, y las disposiciones vigentes dictadas por la Secretaría de Comercio en materia de exhibición, publicación y comparación de precios al público.
Habida cuenta de que los co-vendedores revisten la condición de pequeños contribuyentes inscriptos en el Régimen Simplificado (Monotributo) conforme a la Ley N.° 26.565 (texto ordenado y sus modificatorias), la Resolución General AFIP N.° 4309/2018 y las normas reglamentarias que la complementan, se hace constar expresamente que los vendedores no revisten la calidad de responsables inscriptos en el Impuesto al Valor Agregado (IVA) regulado por la Ley N.° 23.349 (t.o. Decreto 280/97 y modificatorias), ni actúan en calidad de agentes de retención, percepción o sustitución de dicho tributo a ningún efecto. En consecuencia, los precios publicados no discriminan ni incluyen monto alguno en concepto de IVA discriminado, siendo el precio exhibido el precio final que corresponde abonar al adquirente, sin adicionales de naturaleza impositiva a cargo del vendedor.
Los precios son susceptibles de modificación unilateral por parte de AVANX en cualquier momento y sin previo aviso, conforme la naturaleza dinámica del mercado y la variabilidad del tipo de cambio. El precio válido, definitivo y contractualmente vinculante, a todos los efectos del art. 1133 del CCyC sobre el objeto del contrato de compraventa, será aquel que figure efectivamente publicado en el sitio al momento en que el pago sea efectiva y fehacientemente acreditado por el procesador de pagos o la entidad financiera interviniente, no generando la incorporación previa del producto al carrito de compras derecho adquirido, expectativa tutelable ni reserva de precio alguna.
La disponibilidad de stock se administra en tiempo real y puede verse alterada por factores ajenos al control inmediato de AVANX. En los supuestos en que un producto se agotare entre la generación de la orden y la confirmación del pago, AVANX contactará al comprador para acordar una alternativa o proceder al reintegro íntegro del importe abonado, conforme lo dispuesto en la Sección 4.
6. Medios de pago admitidos, condiciones financieras y régimen de cuotas
A los efectos de la cancelación de las obligaciones dinerarias emergentes de los contratos de compraventa celebrados en el sitio, y en el marco de las disposiciones de la Ley N.° 25.065 de Tarjetas de Crédito, la normativa del Banco Central de la República Argentina (BCRA) aplicable a los medios de pago electrónicos y las Comunicaciones “A” vigentes, AVANX acepta los siguientes medios de cancelación:
- Tarjeta de crédito (redes Visa, Mastercard, American Express y otras redes adheridas al sistema), con los efectos y derechos previstos por la Ley N.° 25.065 para cada transacción.
- Mercado Pago (billetera virtual y plataforma de cobro digital habilitada conforme la normativa del BCRA, incluyendo la posibilidad de financiación en cuotas con tarjeta de crédito gestionada a través de dicha plataforma), sujeto a los términos y condiciones propios de Mercado Libre S.R.L.
- Transferencia bancaria o acreditación por CBU/CVU, con sujeción a los plazos de acreditación interbancaria establecidos por las Comunicaciones del BCRA y las normas del sistema de pagos interbancarios.
- Pago presencial en el domicilio comercial declarado, previa coordinación obligatoria mediante correo electrónico a [email protected] con una antelación mínima de cuarenta y ocho (48) horas hábiles.
Régimen de cuotas y Costo Financiero Total (CFT): Se hace constar de manera expresa e irrevocable que AVANX no aplica recargo, interés, sobreprecio ni cargo adicional alguno sobre el precio publicado en concepto de financiación en cuotas, siendo el precio final al contado idéntico al precio en cuotas desde la perspectiva del vendedor. Sin perjuicio de lo anterior, las condiciones financieras propias de cada banco emisor o entidad financiera, incluyendo sin limitación el Costo Financiero Total (CFT) regulado por las Comunicaciones del BCRA y las disposiciones de la Ley N.° 25.065, intereses compensatorios, punitorios, cargos administrativos y seguros de vida o desempleo, podrán aplicarse según el acuerdo contractual individual entre el adquirente y su entidad bancaria o financiera, siendo dichos costos absolutamente ajenos a AVANX y de exclusiva responsabilidad del vínculo bilateral entre el consumidor y su entidad financiera, sin que AVANX tenga intervención ni responsabilidad alguna al respecto.
Plazo de acreditación: El pago deberá acreditarse dentro de las cuarenta y ocho (48) horas hábiles administrativas contadas desde la generación de la orden de compra. Transcurrido dicho plazo sin que se verificare la acreditación correspondiente, AVANX queda facultada a cancelar automáticamente el pedido y liberar el stock reservado, incurriendo el comprador en mora automática de pleno derecho conforme el art. 886 inc. a) del CCyC, sin que la cancelación genere responsabilidad alguna frente al comprador.
7. Régimen de facturación, documentación fiscal y limitaciones estructurales de la categoría impositiva
En cumplimiento de las obligaciones emanadas de la Resolución General AFIP N.° 4291/2018 sobre facturación electrónica, la Resolución General AFIP N.° 3749/2015 y sus modificatorias en materia de comprobantes fiscales respaldatorios, AVANX emitirá exclusivamente Comprobante Tipo B en carácter de pequeños contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado (Monotributo), conforme la Ley N.° 26.565 y la Resolución General AFIP N.° 4309/2018. El comprobante fiscal correspondiente será remitido al correo electrónico informado por el comprador dentro de las veinticuatro (24) horas hábiles posteriores a la acreditación efectiva y fehaciente del pago.
En razón de la categorización impositiva de los co-vendedores como monotributistas, condición que, por disposición expresa de la Ley N.° 26.565 y las normas de la AFIP, implica la exclusión del régimen general del Impuesto al Valor Agregado (IVA) regulado por la Ley N.° 23.349 (t.o.) y la consecuente imposibilidad legal absoluta de discriminar, trasladar, computar ni acreditar crédito fiscal alguno por dicho tributo, se hace constar de manera expresa, clara e inequívoca que bajo ninguna circunstancia, modalidad, acuerdo especial ni solicitud del comprador será posible la emisión de Comprobante Tipo A. El adquirente que requiriere documentación fiscal que discrimine IVA a los fines del cómputo de crédito fiscal en el marco de la Ley N.° 23.349, o que necesitare acreditar gastos deducibles ante la AFIP mediante Factura A, deberá tener en cuenta esta limitación estructural e improrrogable con carácter previo y determinante de su decisión de compra.
Para la emisión del comprobante a nombre de una persona jurídica o con CUIT de tercero, el comprador deberá comunicar los datos fiscales completos (denominación o razón social y CUIT) a [email protected] con carácter previo a la realización del pago. No se aceptarán solicitudes de modificación, reemisión o recaratulación de comprobantes con posterioridad a su emisión, salvo error material imputable exclusivamente a AVANX, en los términos de la normativa AFIP vigente sobre notas de crédito y débito.
8. Modalidades de envío, plazos estimados de entrega y régimen de daños en tránsito
Los despachos de los Productos adquiridos en el sitio se realizan a través de los operadores logísticos habilitados Andreani S.A., Correo Argentino S.A. y Lenz, según la zona geográfica de destino y la disponibilidad operativa del transportista al momento del despacho. La selección del operador logístico para cada envío es facultad exclusiva y discrecional de AVANX, sin que el comprador pueda exigir la utilización de un operador determinado, salvo acuerdo expreso en contrario celebrado con carácter previo a la confirmación del pedido.
Plazos estimados desde la acreditación efectiva del pago:
| Condición de disponibilidad del producto | Ciudad Autónoma de Buenos Aires | Resto del territorio nacional |
|---|---|---|
| Producto con disponibilidad de stock al momento de la acreditación del pago | 24 a 48 horas hábiles administrativas | Hasta 5 días hábiles administrativos |
| Producto sin disponibilidad inmediata de stock (a pedido o con reposición pendiente) | Hasta 10 días hábiles administrativos (aplicable a ambas zonas geográficas) | |
Los plazos indicados revisten carácter meramente estimativo y no comprometido, constituyendo una orientación general sujeta a variaciones por causas ajenas al control razonable de AVANX, incluyendo sin carácter taxativo: feriados nacionales, provinciales o locales conforme el Decreto N.° 901/2016 y sus modificatorias; conflictos gremiales o medidas de fuerza de los operadores logísticos, servicios postales o transportistas; contingencias en la cadena de distribución; o restricciones y demoras de naturaleza aduanera conforme el Código Aduanero (Ley N.° 22.415) y sus normas complementarias. Los plazos de entrega no revisten el carácter de término esencial del contrato en los términos del art. 887 inc. b) del CCyC, salvo estipulación expresa en contrario acordada por escrito.
Una vez despachado el paquete, AVANX remitirá al comprador el número de seguimiento al correo electrónico declarado en la orden. El riesgo de pérdida o deterioro de la cosa vendida se transmite al comprador desde el momento de la entrega al transportista, conforme los arts. 1153 y 1155 del CCyC, sin perjuicio de los derechos del consumidor emergentes de la LDC.
Daños y anomalías en el embalaje durante el tránsito: Si al momento de la recepción el comprador advirtiere daños, roturas o signos de apertura en el embalaje externo, deberá: (i) dejar constancia del daño ante el operador logístico en el acto de la entrega; y (ii) notificar fehacientemente la situación a AVANX mediante correo electrónico a [email protected] dentro de las cuarenta y ocho (48) horas hábiles siguientes a la recepción, adjuntando registro fotográfico del estado del embalaje y del producto. La falta de notificación dentro de dicho plazo importará la extinción de todo derecho de reclamación por daños en tránsito frente a AVANX, sin perjuicio de las acciones directas que el comprador pudiere ejercer contra el operador logístico en los términos de la normativa de transporte aplicable.
9. Membresía WHOOP: naturaleza jurídica, exclusión del objeto contractual y deslinde de responsabilidades
Los dispositivos WHOOP (modelo WHOOP 5.0) comercializados por AVANX se venden sin membresía de suscripción incluida en el precio de adquisición. La membresía a la plataforma WHOOP constituye un contrato de prestación de servicios digitales de naturaleza autónoma e independiente respecto de la presente compraventa, celebrado directa y exclusivamente entre el usuario adquirente y la empresa Whoop, Inc., persona jurídica constituida conforme las leyes del Estado de Delaware, Estados Unidos de América, a través de la aplicación oficial WHOOP o del sitio web whoop.com, sin intervención, representación ni responsabilidad de AVANX en dicha relación contractual.
En consecuencia, AVANX declina de manera expresa e irrevocable, y el comprador acepta y reconoce dicha declinación al aceptar el presente instrumento, toda responsabilidad contractual y extracontractual respecto de: (i) la disponibilidad, continuidad, estabilidad, calidad o interrupción del servicio de membresía; (ii) los precios, planes, condiciones, restricciones de uso, restricciones geográficas o cambios unilaterales en las modalidades de suscripción que Whoop, Inc. pudiere implementar en el ejercicio de su autonomía contractual; (iii) la compatibilidad de la plataforma WHOOP con los dispositivos móviles, sistemas operativos o versiones de firmware del comprador; y (iv) la interrupción temporal, suspensión o discontinuación definitiva del servicio por parte de Whoop, Inc. Todo reclamo, consulta o disputa relacionada con la membresía WHOOP deberá gestionarse de manera exclusiva con Whoop, Inc. a través de whoop.com/support.
10. Régimen de cambios voluntarios: presupuestos de admisibilidad, plazos y distribución de costos logísticos
Con carácter complementario y adicional a los derechos legales irrenunciables del consumidor regulados en las secciones siguientes, AVANX establece la siguiente política voluntaria de cambios, sujeta a la verificación concurrente y excluyente de todos los requisitos que a continuación se detallan:
- Condición de integridad del producto: El cambio procederá exclusivamente cuando el producto conserve la totalidad de su embalaje original en condiciones de caja sellada e intacta, con el precinto de fábrica sin remover y la totalidad de sus accesorios, manuales de usuario, cables y demás elementos incluidos originalmente en el embalaje de fábrica.
- Plazo de ejercicio: hasta quince (15) días corridos contados desde la fecha de compra, entendida como la fecha de acreditación del pago y confirmación del pedido por parte de AVANX.
- Excepción específica para auriculares y artículos de uso personal e higiénico: En razón de las particulares condiciones de uso íntimo e higiene personal que caracterizan a los auriculares y demás artículos de contacto corporal, y en aplicación del art. 1101 inc. c) del CCyC, no se aceptarán bajo ninguna circunstancia cambios de auriculares cuyo precinto o sello de fábrica haya sido removido, con independencia del motivo invocado, salvo acreditación fehaciente de defecto de fabricación verificable conforme el procedimiento establecido en la Sección 12.
- Procedimiento: Remitir solicitud a [email protected] con asunto “Solicitud de Cambio”, número de pedido, motivo y registro fotográfico del embalaje.
Distribución de costos logísticos del envío de retorno:
- Cambio imputable a error de AVANX (remisión de modelo, color, variante o unidad distinta a la pedida): los gastos de envío de retorno y de reenvío del producto correcto serán íntegramente asumidos por AVANX.
- Cambio a pedido del comprador (por razones no imputables a AVANX): los gastos de envío de devolución correrán por cuenta exclusiva del comprador.
11. Derecho de arrepentimiento: régimen legal, plazo de ejercicio, excepciones de orden público y procedimiento de reembolso
En cumplimiento de lo dispuesto por los arts. 34 y 35 de la Ley N.° 24.240 (t.o. Ley 26.361) y de conformidad con la Resolución de la Secretaría de Comercio Interior N.° 424/2020 y sus modificatorias, que regula el mecanismo electrónico de ejercicio del derecho de revocación en contratos celebrados por medios electrónicos, el comprador que hubiere adquirido Productos a través del sitio web de AVANX goza del derecho de arrepentimiento en los siguientes términos y con los efectos jurídicos que a continuación se detallan:
- Plazo de ejercicio: diez (10) días corridos contados desde la fecha de recepción efectiva y material del bien por el comprador, conforme el art. 34 de la LDC.
- Requisito de integridad: el ejercicio válido del derecho de arrepentimiento requiere que el producto se encuentre en su embalaje original sin abrir y con el precinto de fábrica intacto y sin remover, toda vez que la apertura del embalaje implica el inicio del uso efectivo del bien.
- Excepción legal para auriculares, artículos de uso íntimo o higiénico: en aplicación del art. 1101 inc. c) del CCyC, que excluye expresamente el derecho de revocación en los contratos a distancia cuando el bien entregado hubiere sido desprecintado por el consumidor y no pudiere ser devuelto por razones de higiene o protección de la salud, queda establecido que no procede el derecho de arrepentimiento respecto de auriculares cuyo precinto haya sido removido, con independencia del tiempo transcurrido desde la apertura y del motivo invocado. Esta excepción reviste carácter legal imperativo y no constituye cláusula abusiva en los términos del art. 988 del CCyC ni del art. 37 de la LDC.
- Excepción para dispositivos WHOOP con sello removido: cualquier reclamo posterior a la apertura del embalaje deberá gestionarse directamente con Whoop, Inc., conforme la Sección 9.
- Botón de Arrepentimiento: disponible en el pie de página del sitio web, en cumplimiento de la Resolución SIC N.° 424/2020, que implementa el mecanismo electrónico de ejercicio del derecho previsto en el art. 34 de la LDC.
- Gastos de devolución: en caso de ejercicio válido del derecho de arrepentimiento, los gastos de envío de retorno del bien serán íntegramente cubiertos por AVANX conforme lo impone el art. 34 in fine de la LDC, sin posibilidad de débito, descuento ni compensación sobre el monto a reintegrar.
- Reembolso: acreditada la recepción del bien en condiciones íntegras y verificada fehacientemente la procedencia del arrepentimiento, el reintegro del importe abonado, sin descuento alguno por gastos administrativos, de gestión o manipuleo, se efectuará al mismo medio de pago utilizado en la compra, dentro de un plazo de cinco (5) a diez (10) días hábiles bancarios, en los términos del art. 34 de la LDC.
12. Garantía legal mínima, garantía de fábrica y causales de exclusión
Los Productos comercializados por AVANX se encuentran alcanzados por el régimen de garantía legal mínima establecido por los arts. 11 a 18 de la Ley N.° 24.240 (conforme las modificaciones introducidas por las Leyes N.° 26.361, N.° 27.250 y N.° 27.265), la Disposición DNCI N.° 65/2016, y las disposiciones concordantes de los arts. 1051 a 1058 del CCyC en materia de vicios redhibitorios y garantías convencionales. Con carácter adicional y complementario, cada Producto goza de la garantía de fábrica otorgada directamente por el fabricante, conforme los plazos y condiciones detallados en la tabla siguiente.
| Marca | Plazo de garantía de fábrica | Canal de reclamación ante el fabricante |
|---|---|---|
| WHOOP (Whoop, Inc.) | 12 (doce) meses desde la fecha de compra | whoop.com/support |
| Apple (Apple Inc.) | 1 (un) año desde la fecha de compra | apple.com/ar/support |
| Samsung (Samsung Electronics Co., Ltd.) | 1 (un) año desde la fecha de compra | samsung.com/ar/support |
| Shokz | 2 (dos) años desde la fecha de compra | shokz.com/pages/support |
| Polar (Polar Electro Oy) | 2 (dos) años desde la fecha de compra | support.polar.com |
| Google Fitbit (Google LLC) | 1 (un) año desde la fecha de compra | fitbit.com/global/us/support |
Quedan excluidos de la cobertura de garantía, tanto legal como convencional: (i) daños físicos causados por manipulación indebida, golpes, caídas o aplicación de fuerza excesiva; (ii) daños por exposición a líquidos, humedad, agentes corrosivos o temperaturas fuera de las especificaciones técnicas del fabricante; (iii) modificaciones, reparaciones o intervenciones por personal no autorizado; (iv) apertura no autorizada del dispositivo; (v) desgaste natural por uso normal; y (vi) daños derivados de la conexión a fuentes de alimentación o sistemas técnicamente incompatibles.
13. Condiciones de integridad del producto como presupuesto de admisibilidad de cambios y devoluciones
A los fines del ejercicio de cualquier derecho de cambio o devolución contemplado en el presente instrumento, ya sea en el marco de la política voluntaria de cambios (Sección 10), del derecho de arrepentimiento (Sección 11) o de la garantía legal (Sección 12), el producto deberá ser restituido cumpliendo de manera concurrente y excluyente todos y cada uno de los siguientes requisitos de integridad, cuya verificación constituye un presupuesto necesario de admisibilidad del reclamo:
- Acondicionamiento en doble embalaje: la caja original del fabricante deberá estar contenida dentro de una caja de transporte adicional que preserve su integridad física durante el tránsito logístico de retorno.
- Precinto y film protectores de fábrica sin remover, en condiciones materialmente idénticas a las del despacho original por parte de AVANX.
- Inclusión de la totalidad de los accesorios, componentes y documentación originalmente contenidos en el embalaje de fábrica: cables, adaptadores, estuches, manuales de usuario en todos los idiomas disponibles, guías de inicio rápido, tarjetas de garantía y cualquier otro elemento despachado junto con el producto principal.
El incumplimiento de cualquiera de los requisitos precedentes habilitará a AVANX a rechazar el cambio o devolución solicitados, sin perjuicio del derecho del consumidor a acreditar mediante medios probatorios fehacientes que el producto fue recibido originalmente sin los elementos cuya ausencia se imputa, en cuyo caso AVANX evaluará la situación de manera individual conforme la buena fe objetiva exigida por el art. 9.° del CCyC.
14. Supuestos de exclusión objetiva de los regímenes de cambio y devolución
Con carácter expreso y sin perjuicio de los derechos irrenunciables del consumidor establecidos por la Ley N.° 24.240 y el CCyC, que no resultan afectados por las presentes exclusiones en su contenido mínimo legalmente garantizado, no procederán cambios ni devoluciones, bajo ninguna circunstancia ni invocación de motivo alguno, en los siguientes supuestos taxativamente enumerados:
- Auriculares con precinto removido: en aplicación del art. 1101 inc. c) del CCyC y por razones imperativas de higiene, salud pública y imposibilidad objetiva de recomercialización del bien.
- Incompatibilidad técnica o de ecosistema digital: la verificación de compatibilidad del producto con los dispositivos, sistemas operativos, versiones de firmware, plataformas de reproducción de audio o de monitoreo biométrico propias del comprador (incluyendo, a título ejemplificativo y no taxativo, la utilización de auriculares AirPods Pro 3 con dispositivos no pertenecientes al ecosistema Apple) constituye una diligencia precontractual de exclusiva incumbencia del comprador, cuyo incumplimiento no da lugar a devolución ni cambio conforme los arts. 1100 y 1101 del CCyC. AVANX satisface el deber de información precontractual exigido por el art. 4.° de la LDC mediante la publicación de fichas técnicas detalladas en el sitio web.
- Productos con uso efectivo sin defecto de fabricación verificable: cuando el dispositivo presentare signos objetivos de uso y no se acreditare la existencia de un defecto de fabricación mediante el procedimiento establecido en la Sección 12.
- Reclamos presentados fuera de los plazos establecidos: la presentación extemporánea extingue el derecho por prescripción o caducidad, según corresponda conforme las normas aplicables.
- Reclamos sin comprobante de compra válido: la acreditación de la relación contractual mediante el comprobante fiscal o confirmación de pedido constituye presupuesto indispensable de cualquier reclamo.
- Daños físicos imputables al comprador: golpes, caídas, exposición a líquidos, modificaciones no autorizadas u otras intervenciones que hubieren alterado objetivamente el estado original del producto.
15. Carácter referencial de las representaciones visuales y responsabilidad precontractual en materia de compatibilidad
Las fotografías, renders tridimensionales, imágenes digitales y representaciones visuales de los Productos publicadas en el sitio web de AVANX revisten carácter meramente ilustrativo y referencial, y no constituyen garantía de reproducción exacta de las características físicas, colorimetría, tonalidades, acabados superficiales, brillos, texturas, dimensiones absolutas ni relativas, del producto efectivamente entregado. Las variaciones perceptibles entre la imagen digital y el producto físico son consustanciales a los procesos de reproducción fotográfica digital y a la heterogeneidad en las calibraciones cromáticas de los monitores y dispositivos de visualización, y en consecuencia no configuran incumplimiento contractual, defecto del producto ni publicidad engañosa en los términos de la Ley N.° 22.802 de Lealtad Comercial ni del art. 8.° de la LDC. Esta cláusula se formula en los términos del art. 8.° de la LDC respecto de la correspondencia entre publicidad y características reales del producto.
En cumplimiento del deber de información precontractual establecido por el art. 4.° de la Ley N.° 24.240, que impone al proveedor la obligación de suministrar al consumidor información veraz, detallada, eficaz y suficiente sobre las características esenciales de los bienes y las condiciones de la oferta, AVANX publica las fichas técnicas de cada Producto con sus especificaciones declaradas de compatibilidad. Sin perjuicio de ello, la verificación efectiva de compatibilidad del producto adquirido con los dispositivos personales del comprador (modelo y generación de teléfono móvil, sistema operativo y versión instalada, versión de firmware, plataformas de reproducción de audio o de monitoreo biométrico utilizadas) constituye una diligencia precontractual a cargo exclusivo del comprador, conforme los arts. 961 y 1100 del CCyC y el principio de buena fe objetiva en la etapa precontractual.
16. Régimen jurídico de las promociones, ofertas por tiempo limitado y uso de códigos de descuento
Las promociones, descuentos, ofertas especiales y precios promocionales publicados en el sitio web de AVANX se rigen por las disposiciones de la Ley N.° 22.802 de Lealtad Comercial, el art. 8.° de la Ley N.° 24.240 sobre publicidad con efectos contractuales, la Ley N.° 27.442 de Defensa de la Competencia en lo que resultare aplicable, y las resoluciones de la Secretaría de Comercio en materia de prácticas comerciales, estando sujetas a las siguientes condiciones de aplicación:
- Las promociones poseen vigencia temporal limitada, sujeta a la disponibilidad de stock y al período promocional definido unilateralmente por AVANX, pudiendo ser suspendidas, modificadas o canceladas sin previo aviso al agotarse el stock objeto de la promoción o al vencerse el plazo estipulado, conforme lo habilita el art. 7.° de la LDC cuando la oferta especifica el plazo o la cantidad.
- Los descuentos y beneficios promocionales no son acumulables entre sí, salvo indicación expresa, clara y fehaciente en sentido contrario en la comunicación de la promoción específica.
- Cada promoción queda sujeta al límite máximo de unidades por comprador o por documento de identidad que se indique en las condiciones particulares de cada oferta.
- Los códigos de descuento son de carácter estrictamente personal e intransferible, vinculados nominativamente al correo electrónico del titular beneficiario. Su cesión, transferencia, publicación o utilización por terceros distintos del titular configura uso fraudulento que habilita a AVANX a anular el pedido y reportar la conducta a las autoridades competentes.
- AVANX se reserva el derecho de anular, sin obligación de preaviso, los pedidos que exhiban uso abusivo, sistemático o fraudulento de promociones, en los términos del art. 10 del CCyC sobre abuso del derecho y del art. 9.° sobre buena fe, reintegrando en tales casos el importe abonado sin intereses ni compensación adicional.
17. Limitación y alcance de la responsabilidad civil de los co-vendedores
Sin perjuicio de los derechos que la normativa de consumo vigente reconoce con carácter irrenunciable al comprador, AVANX establece las siguientes limitaciones a su responsabilidad civil en el marco de los contratos de compraventa celebrados en el sitio:
Los co-vendedores no serán responsables, en ningún caso y bajo ningún título, contractual, extracontractual ni legal, por los siguientes rubros de daño: (i) daños indirectos, daños consecuentes o daños en cascada de cualquier naturaleza; (ii) lucro cesante, pérdida de ganancias esperadas o pérdida de chances comerciales o personales en los términos del art. 1739 del CCyC; (iii) pérdida, corrupción, alteración o destrucción de datos personales, biométricos o de entrenamiento almacenados en el dispositivo; (iv) interrupción de actividades deportivas, profesionales, laborales o comerciales del comprador o de terceros; ni (v) daños emergentes o consecuentes de cualquier naturaleza derivados del uso, mal uso, imposibilidad de uso, falla técnica o incompatibilidad de los Productos adquiridos.
La responsabilidad máxima y total acumulada de los co-vendedores frente al comprador, por cualquier concepto y causa derivados directa o indirectamente del contrato de compraventa, queda limitada al valor total efectivamente abonado por el Producto que diera origen al reclamo, no pudiendo en ningún caso exceder dicho monto. Esta limitación opera de pleno derecho y sin necesidad de declaración judicial previa, en los términos del art. 1728 del CCyC.
18. Tratamiento de datos personales, bases de legitimación, finalidades y derechos del titular
AVANX recopila, registra, almacena, trata, interconecta y, en los casos taxativamente previstos, cede datos de carácter personal en cumplimiento estricto y bajo los principios rectores de la Ley N.° 25.326 de Protección de los Datos Personales (en adelante “LPDP”), su Decreto Reglamentario N.° 1558/2001, y las disposiciones, resoluciones y directivas emitidas por la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales (DNPDP) en ejercicio de las facultades de contralor, fiscalización y sanción conferidas por el art. 29 de la LPDP. Las categorías de datos personales tratados comprenden: nombre y apellido, número de documento de identidad, correo electrónico, número de teléfono y/o aplicación de mensajería, domicilio de envío, datos fiscales (CUIT/CUIL cuando correspondiere) y, en caso de pago con tarjeta, los datos de pago gestionados exclusivamente por los procesadores de pagos habilitados, sin que AVANX almacene información de medios de pago.
Bases de legitimación y finalidades del tratamiento (arts. 5.° y 6.° LPDP): los datos personales son tratados con las siguientes finalidades determinadas, explícitas y legítimas: (i) procesamiento, gestión, facturación y seguimiento de los pedidos de compraventa; (ii) comunicación con el titular sobre el estado de su compra, despacho y entrega; (iii) gestión de solicitudes de garantía, cambios y devoluciones; (iv) cumplimiento de obligaciones legales y fiscales ante organismos nacionales (AFIP, DNCI, DNPDP) y locales; y (v) con el consentimiento previo, expreso, libre, informado e inequívoco del titular en los términos del art. 5.° inc. a) de la LPDP, el envío de comunicaciones comerciales, promocionales o informativas sobre Productos y servicios de AVANX, consentimiento que podrá ser revocado en cualquier momento sin expresión de causa.
Cesión de datos a terceros (art. 11 LPDP): los datos de nombre, apellido y domicilio de entrega son cedidos, con carácter exclusivo y funcional, a los operadores logísticos (Andreani S.A., Correo Argentino S.A. y Lenz) únicamente a los fines del cumplimiento de la obligación de entrega, encuadrando dicha cesión en el supuesto del art. 11 inc. d) de la LPDP. No se realizarán cesiones de datos a terceros con fines comerciales, publicitarios, de perfilamiento o enriquecimiento de bases de datos sin el consentimiento expreso del titular.
Derechos del titular (arts. 14 a 16 de la LPDP): el titular de los datos personales podrá ejercer, en todo momento y de manera gratuita, sus derechos de acceso, rectificación, actualización, supresión, bloqueo y confidencialidad de sus datos personales, mediante solicitud escrita y fehaciente dirigida a [email protected]. AVANX dará respuesta dentro de los plazos establecidos por los arts. 14 y 16 de la LPDP. La Dirección Nacional de Protección de Datos Personales es el organismo de control competente en los términos del art. 29 de la LPDP.
19. Modificaciones unilaterales al instrumento contractual, efectos temporales y normas de incorporación
AVANX se reserva la facultad de modificar, complementar, actualizar, sustituir total o parcialmente, o dejar sin efecto el presente instrumento contractual de manera unilateral y en cualquier momento, en ejercicio de la autonomía de la voluntad y en atención a la evolución del marco regulatorio aplicable, las prácticas comerciales del sector y la naturaleza dinámica del comercio electrónico. Las modificaciones producirán efectos ex nunc, es decir, hacia el futuro exclusivamente y sin alcance retroactivo, a partir del momento de su publicación en el sitio web, quedando identificadas mediante la actualización de la fecha consignada al inicio del documento bajo la leyenda “Última actualización”, conforme lo exige el art. 10 de la Ley N.° 24.240 respecto del deber de información permanente del proveedor.
Se recomienda al comprador la revisión periódica del presente instrumento antes de realizar cada compra. La realización de una compra con posterioridad a la publicación de una modificación importará la aceptación tácita, incondicionada y sin reservas de los términos modificados, en los términos del art. 979 del CCyC sobre aceptación de la oferta por conducta. Las modificaciones no afectarán los contratos ya perfeccionados con anterioridad a la fecha de su publicación, conforme el principio de irretroactividad de los actos jurídicos consagrado en el art. 7.° del CCyC y la protección de los derechos adquiridos bajo el régimen anterior.
20. Ley aplicable, jurisdicción, competencia territorial y fuero del consumidor
El presente instrumento y la totalidad de los contratos de compraventa celebrados al amparo del mismo se rigen exclusivamente por el ordenamiento jurídico vigente de la República Argentina, con aplicación preferente y en el siguiente orden de prelación normativa: la Ley N.° 24.240 de Defensa del Consumidor (t.o. Ley 26.361 y modificatorias); el Código Civil y Comercial de la Nación (Ley N.° 26.994); la Ley N.° 25.065 de Tarjetas de Crédito; la Ley N.° 25.326 de Protección de Datos Personales; la Ley N.° 22.802 de Lealtad Comercial; la Ley N.° 27.442 de Defensa de la Competencia; y demás normas de derecho público y privado que resultaren aplicables en virtud de la naturaleza, características y circunstancias de cada relación jurídica. Queda expresa e irrevocablemente excluida la aplicación de normas de derecho internacional privado, convenciones internacionales de compraventa (incluyendo la Convención de Viena sobre Compraventa Internacional de Mercaderías), o de cualquier ordenamiento jurídico extranjero.
Para la resolución de cualquier controversia, diferencia, reclamo o pretensión que pudiere surgir de la interpretación, validez, ejecución, incumplimiento o resolución del presente contrato, las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Sin perjuicio de lo anterior, y en irrestricto cumplimiento del art. 36 de la Ley N.° 24.240, que consagra el derecho irrenunciable del consumidor a ser demandado y a demandar ante el juez ordinario correspondiente al lugar de su propio domicilio, norma de orden público que no puede ser derogada por la voluntad de las partes, el consumidor que revistiere dicha calidad podrá optar libremente por someter las controversias a la competencia territorial del tribunal que correspondiere a su domicilio real.
21. Mediación prejudicial obligatoria
Con carácter previo, necesario e ineludible a la instauración de cualquier acción judicial, excepción hecha de las medidas cautelares o urgentes que pudieren corresponder conforme el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación (CPCCN) y su normativa equivalente local, las partes deberán intentar la resolución extrajudicial de sus diferencias mediante el procedimiento de mediación prejudicial obligatoria, conforme lo imponen los arts. 1.° y concordantes de la Ley N.° 26.589 de Mediación y Conciliación Prejudicial Obligatoria y su Decreto Reglamentario N.° 1467/2011, ante mediador habilitado inscripto en el Registro Nacional de Mediadores dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación. El plazo del procedimiento, las causales de suspensión del cómputo de la prescripción liberatoria y las consecuencias procesales del incumplimiento de la instancia previa se rigen por las disposiciones de la Ley N.° 26.589 y sus normas reglamentarias y complementarias.
22. Caso fortuito, fuerza mayor y hechos del príncipe como eximentes de responsabilidad
Los co-vendedores no incurrirán en mora ni serán responsables, a ningún título ni por ningún concepto, por el incumplimiento total o parcial, o por el retardo en el cumplimiento de las obligaciones contractuales asumidas en virtud del presente, cuando dicho incumplimiento o retardo fuere causada, directa o indirectamente, por eventos constitutivos de caso fortuito o fuerza mayor en los términos de los arts. 1730 a 1733 del CCyC, entendiéndose por tales aquellos sucesos imprevisibles al tiempo de la celebración del contrato, inevitables en su desarrollo y ajenos a la voluntad y a la esfera de control razonable de los vendedores, incluyendo sin carácter taxativo:
- Retenciones, demoras, denegaciones de libramiento o intervenciones de la autoridad aduanera conforme el Código Aduanero (Ley N.° 22.415) y sus normas complementarias.
- Conflictos gremiales, huelgas, paros o medidas de acción directa de los operadores logísticos, servicios postales, transportistas o trabajadores del sector.
- Cortes, fallas o interrupciones de servicios esenciales: energía eléctrica, telecomunicaciones, conectividad a internet.
- Catástrofes naturales, fenómenos meteorológicos extremos, pandemias, epidemias o emergencias sanitarias declaradas por autoridad competente conforme la Ley N.° 27.541 o sus equivalentes.
- Restricciones, prohibiciones, intervenciones o disposiciones normativas de carácter gubernamental o administrativo, incluyendo restricciones cambiarias, de importación o de circulación (hechos del príncipe), conforme la doctrina del art. 1091 del CCyC sobre imprevisión y el art. 1732 sobre imposibilidad sobreviniente.
- Ciberataques, ataques informáticos de terceros o fallas técnicas sistémicas en plataformas de pago o servicios digitales de terceros ajenos al control de AVANX.
En caso de configurarse un supuesto de fuerza mayor, AVANX notificará al comprador dentro del plazo más breve posible, informando la naturaleza del evento, su incidencia sobre el pedido y el nuevo plazo estimado de cumplimiento. Si la imposibilidad de cumplimiento resultare absoluta y definitiva en los términos del art. 1732 del CCyC, AVANX procederá al reintegro íntegro del importe abonado, sin que ello genere responsabilidad resarcitoria adicional alguna frente al comprador.
23. Procedimiento esquemático para el ejercicio de derechos de cambio, arrepentimiento y garantía
A los efectos de facilitar el ejercicio operativo de los derechos reconocidos en las secciones precedentes, sin perjuicio de la integridad jurídica y normativa de cada sección, se sintetiza a continuación el procedimiento a seguir:
- Remitir comunicación escrita y fehaciente a [email protected], consignando en el asunto: “Solicitud de Cambio Voluntario”, “Ejercicio de Derecho de Arrepentimiento” o “Reclamo de Garantía”, según el derecho que se ejerza, junto con el número de pedido y los datos del titular.
- Adjuntar registro fotográfico detallado del estado actual del embalaje y del producto, describiendo con la mayor precisión posible el motivo de la solicitud, el estado material del artículo y, en su caso, el defecto de fabricación observado.
- AVANX evaluará la admisibilidad de la solicitud en un plazo razonable conforme la naturaleza del reclamo y remitirá al comprador las instrucciones de logística inversa correspondientes, incluyendo etiqueta de envío prepaga cuando los gastos de retorno sean a cargo de AVANX.
- El comprador deberá despachar el producto dentro del plazo indicado por AVANX, utilizando el método de envío especificado y el doble embalaje exigido por la Sección 13, conservando el comprobante de despacho como prueba del cumplimiento del plazo.
- Una vez recibido y verificada su integridad, AVANX confirmará la procedencia del reclamo y procederá al reembolso, reenvío o reparación/cambio según el derecho ejercido y la disponibilidad de stock, dentro de los plazos establecidos en las secciones correspondientes.
24. Información de contacto, domicilio legal constituido y canales habilitados de notificación
Para cualquier consulta, reclamo, notificación judicial o extrajudicial, o comunicación vinculada al presente instrumento o a los contratos de compraventa celebrados en el sitio, el comprador podrá dirigirse a AVANX a través de los siguientes canales habilitados, en cumplimiento del deber de información y contacto establecido por el art. 10 de la Ley N.° 24.240 y las normas reglamentarias dictadas en su consecuencia:
- Correo electrónico: [email protected]
- WhatsApp: +54 9 11 5369-1942
- Horario de atención: días hábiles de lunes a viernes, de 9:00 a 18:00 horas (UTC-3, Hora Oficial de la República Argentina).
- Domicilio legal constituido a todos los efectos legales, procesales, administrativos y fiscales: Virrey Loreto 2478, Barrio de Belgrano, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina.
Las notificaciones cursadas al correo electrónico [email protected] se tendrán por recibidas al día hábil siguiente de su envío, salvo prueba fehaciente en contrario, con los efectos procesales que correspondieren conforme la Ley N.° 25.506 de Firma Digital y la normativa sobre domicilio electrónico constituido. Las comunicaciones enviadas fuera del horario de atención serán procesadas el siguiente día hábil, sin que ello implique alteración ni demora en el cómputo de los plazos legales que pudieren estar en curso.